Abogado y Contador Público Especialista
Profesor Universitario de Posgrado y Pregrado
LAS SENTENCIAS CONSTITUCIONALES Y LA REALIDAD DEL PAÍS
Bucaramanga 7 de marzo 2022.
En lo corrido de 2021 según lo informa el ICBF en la web, ”se entregaron en adopción 467 niños” y a su cargo tiene más de 4.199 niños, niñas y adolescentes “dispuestos a ir a donde una familia, pero 3.983 son mayores de siete años y, desafortunadamente, la mayor parte las solicitudes viene para niños menores de tres..”
Esta cruda realidad merece examinar la circunstancia de los hijos en abandono, de madres solteras o de parejas que por razones sociales, económicas o de inestabilidad emocional y sicológica, no pueden o no desean sostener ni guiar la existencia de los niños nacidos en un país históricamente violento, insolidario e inequitativo.
De otra parte el pensamiento u opinión del periodista y de todas las personas, bajo el concepto de libertad de información y prensa, constituyen un derecho fundamental estatuido en el Art. 20 de la Carta cuya protección ha quedado reforzada en la sentencia T-028 del 4 de marzo de 2022.
Sin embargo ese mismo país, se aterra de las decisiones de la Corte Constitucional encargada de interpretar y cuidar de la “integridad y supremacía” de la Constitución Política de Colombia, cuando reconoce derechos fundamentales y exige respeto y cumplimiento de las decisiones judiciales de todo orden; mientras que guarda silencio frente a la exacerbada corrupción, los asesinatos y mascares de gente inerme en las áreas rurales; la manguala en las multimillonarias contrataciones y en el nombramiento de empleados públicos con enormes salarios que acumulan con sus parejas o familiares, inmensas fortunas respecto de los menguados ingresos de la gran mayoría de Colombianos.
Los grandes gastos del aparato burocrático del país, diezman los ingresos estatales y no permiten dedicar mayores recursos para el desarrollo, aumentar el empleo formal ni el mejoramiento del sistema de salud pública o de la educación básica y media; de la infraestructura vial terciaria; ni el mejoramiento de las condiciones de vida de la población en general. Otra de las sentencias publicadas recientemente, va en la dirección de limitar el número de sesiones y los honorarios de los concejales, que son muy onerosos para los presupuestos de los pequeños Municipios donde más necesidades insatisfechas hay.
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Fuente: El Autor, diarios y páginas web y opiniones ciudadanas.